
Es una nueva obligación legal que afecta a todos los empleadores que tengan contratadas a empleadas del hogar, establecida en el Real Decreto 893/2024.
A partir del 14 de noviembre de 2025, es obligatorio disponer de una evaluación de riesgos laborales de su empleada del hogar y entregarle una copia de esta. El objetivo de esta normativa es garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable.
Es una nueva obligación legal que afecta a todos los empleadores que tengan contratadas a empleadas del hogar, establecida en el Real Decreto 893/2024.
Para cumplir con esta obligación, dispone de dos opciones:
1. Realizar la evaluación personalmente:
Puede asumir directamente la gestión preventiva utilizando la herramienta online y gratuita que ha habilitado el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), en la plataforma Prevención10.es. Esta herramienta le guiará en el proceso de evaluación, en el siguiente enlace:
2. Contratar un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
Si prefiere delegar esta responsabilidad, puede contratar a un Servicio de Prevención Ajeno (SPA), que se encargará de realizar la evaluación de
riesgos, podrá gestionar la formación en prevención para la persona trabajadora y, si fuera necesario, ofrecer los reconocimientos médicos voluntarios.
Para ampliar esta información consulte con Asesoría laboral
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